Revista
Los Consejos Generales de Colegios Oficiales de Dentistas, Farmacéuticos, Médicos y Podólogos, reunidos telemáticamente ayer, 26 de marzo, y de acuerdo con las competencias atribuidas por el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, han trabajado conjuntamente para habilitar una versión simplificada del Sistema de Receta Electrónica Privada para operar, de manera temporal y como solución de contingencia ante la situación de emergencia sanitaria provocada por el COVID-19. Dicha solución facilita el acceso a los tratamientos prescritos con las garantías sanitarias para los pacientes.
A raíz de la situación derivada del COVID-19 y de las
medidas adoptadas por las autoridades competentes en el actual estado de alarma,
se han reducido muy significativamente los desplazamientos de los pacientes a
las consultas físicas en los centros sanitarios (clínicas, hospitales), sobre
todo de personas de especial riesgo ante el COVID-19. En estas circunstancias,
y dado que los pacientes que reciben asistencia médica en el ámbito privado
siguen requiriendo el acceso a sus tratamientos, una parte importante de facultativos
está acudiendo a la telemedicina, sin la presencia física del paciente. En
estos casos, y para poder prescribir a distancia, es necesario disponer de
sistemas de receta electrónica con garantías para los pacientes.
Por ello, los citados consejos generales han dispuesto una versión simplificada del Sistema de Receta Electrónica que contiene las funcionalidades básicas de la misma —dispensación, sustitución, anulación—, al que se ha denominado “e-Receta Privada Situación COVID-19”.
Ante la situación de excepcionalidad en que nos
encontramos, la Comisión de Seguimiento del sistema de Receta Electrónica
Privada de los Consejos Generales ha arbitrado un sistema de contingencia que
permita la homologación temporal de todas aquellas entidades o empresas
interesadas en prestar servicios de plataforma de prescripción de recetas
electrónicas privadas.
Para ello, todas las partes implicadas además de tener
que superar las pruebas de integración necesarias que garanticen la
interoperabilidad de su sistema, deberán suscribir también los correspondientes
documentos, asumiendo los compromisos y condiciones necesarios para preservar
las garantías de confidencialidad de los pacientes, así como el cumplimiento de
la normativa sanitaria de aplicación.
Asimismo, se han definido los mecanismos y
especificaciones técnicas mínimas que permitirán garantizar la plena
interoperabilidad del sistema para que las prescripciones electrónicas
realizadas bajo “e-Receta Privada Situación COVID-19” puedan ser dispensadas en
cualquier oficina de farmacia.
A este respecto, en la parte de la dispensación, cabe
destacar el funcionamiento de Nodofarma, un nodo efectivo y ya implantado, que
posibilita la interoperabilidad de las farmacias con cualquier sistema basado
en receta electrónica. Interoperabilidad que resulta esencial, más si cabe aún en
el momento actual, al permitir a los pacientes que puedan retirar su medicación
en el punto más próximo a su domicilio ante una prescripción telemática.
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