Revista
Director del Curso de “Expertos en peritaciones en Odontología” y del Doctorado en Odontología de la UAX.
Miembro del Comité Científico de El DM
Actualmente, la masificación de las profesiones liberales se ha visto agravada por la crisis que nos azota de forma inexorable. La falta de recursos económicos y la distribución negativa del binomio oferta-demanda, se traduce en formas de competencia, que rebasan los límites de la ética profesional.
Antes de proseguir, sería interesante recordar algunos conceptos elementales:
* Ética. Viene del griego ethos, costumbre, trata de las obligaciones del hombre. No concierne al orden jurídico, sino a la actuación individual según la apreciación de su conciencia. Podemos decir que ética es la reflexión crítica sobre los valores y principios que guían nuestras decisiones y comportamientos.
Van Rensselaer Potter, en su libro “Bioethics: bridge to the future”, dice que es la "disciplina que combina el conocimiento biológico con el de los valores humanos".
Hablamos de Moral, al referirnos al bien en general y las acciones humanas en orden a su bondad o malicia.
* Deontología. En el campo de las actividades sanitarias se utiliza la palabra deontología, que podemos definir como el tratado de los deberes, refiriéndose a la actuación profesional del individuo, respecto a las normas generales de cada profesión.
En relación con estos términos podemos resumir los Deberes de los profesionales de la sanidad con sus pacientes:
* El facultativo debe a sus pacientes todos los recursos de su ciencia y devoción.
* Cuando un examen sobrepase su capacidad, debe llamar a otro profesional más cualificado.
* Debe guardar absoluto secreto profesional, incluso después de la muerte del paciente, especialmente respecto a todo aquello que hubiera conocido por medio de una confidencia.
Los actos contrarios a la ética profesional
Pueden considerarse actos contrarios a la ética profesional sanitaria:
Cualquier medio de reclamo o publicidad, excepto aquellos expresamente autorizados por el uso y la costumbre, y el código de ética sanitaria nacional.
Participar en un plan de asistencia sanitaria en el cual el facultativo carezca de independencia profesional.
Recibir cualquier pago en conexión con servicios, fuera del pago profesional, aunque sea con el conocimiento del paciente.
En 1897, la Sociedad Odontológica Española, publicaba un Código Deontológico que se resume en estos puntos:
1. El dentista debe conocer plenamente sus obligaciones de profesión y trato al paciente.
2. Debe atender con igual solicitud al rico que al pobre.
3. Debe cuidar su conducta con sentido de clase y dignidad.
4. Se considera degradante recurrir a letreros llamativos en teatros, tarjetas, pasquines o muestras exageradas, rebajar precios, decir que se poseen remedios secretos..
5. No desacreditar al compañero, al ser visitado por el cliente de otro.
6. Comprometerse a cobrar las tarifas vigentes en la ciudad.
7. No garantizar los trabajos y prevenir al público en contra de intrusos y charlatanes.
8. Todos los miembros de la S.O.E. Se comprometen a respetar este Código.
Su lectura nos lleva a las siguientes conclusiones:
- Centra su atención sobre los aspectos éticos de la profesión dental.
- Cuida la imagen del dentista y refuerza los principios del respeto y atención a los pacientes.
-Al considerar nuestra profesión dentro de la actividad sanitaria, de carácter curativo, señala de forma rotunda la prohibición de garantizar los trabajos.
-Lo mismo que otros Códigos Deontológico actuales, resalta el respeto a los compañeros de profesión, elevando el concepto de “Colega”.
-Hace hincapié en las formas ilícitas de propaganda, en especial a todas aquellas que anuncian tratamientos o precios especiales.
-Ese documento, anticuado y aparentemente obsoleto, refleja claramente las virtudes que deben adornar al dentista moderno.
Respecto a la competencia desleal, como forma típica contraria a la ética, la Ley 3/1991 sobre competencia Desleal, lo define como un comportamiento que resulta objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe.
También se indica en el mismo texto legal, que se considera desleal todo comportamiento que resulte idóneo para crear confusión en la actividad profesional.
Por desgracia, actualmente, predomina la competencia desleal y el trato deshumanizado al paciente, motivado fundamentalmente por la masificación de nuestra profesión y la influencia negativa de las grandes sociedades comerciales que se han introducido en el campo de la Odontología, haciendo prevalecer los objetivos económicos sobre los sanitarios, sobrepasando las reglas de la ética profesional.
La publicidad engañosa domina todos los sectores de la Sociedad y lógicamente la odontología no podía escapar a este elemento negativo. Esos carteles pegados en farolas, escaparates o en transportes públicos, sin olvidar los anuncios televisivos, que parecen anuncios de “rebajas por fin de temporada” nos hacen recordar los años cincuenta, cuando vendedores ambulantes anunciaban remedios infalibles contra la calvicie, medias de nylon importadas de Estados Unidos, o plumas estilográficas Parker al precio asombroso de tres pesetas.
Nadie podía imaginar hace unos años, que los tratamientos odontológicos se anunciarían con el mismo estilo.
Estas formas de competencia llevan a rebajar los costes, disminuir la calidad de los tratamientos, falsear las terapias y en definitiva engañar al paciente, todo lo cual lleva inexorablemente a un resultado común: “falta de ética, malapraxis y descrédito de la profesión dental en general”.
Es muy difícil combatir a los infractores, puesto que, aunque realizan actos contrarios a la deontología, se encuentran amparados por las actuales Leyes sobre la Competencia, que considera los actos odontológicos similares a cualquier actividad comercial, como puede ser la venta de electrodomésticos.
Solo nos queda apelar al sentido común, al espíritu vocacional de los profesionales de la odonto-estomatología y recordar aquel dicho de todos conocidos: “No hay mal que cien años dure”.
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